VERI*FACTU

Qué es VERI*FACTU y cómo funciona

Qué es VERI*FACTU, en qué se diferencia de la modalidad sin remisión, a quién afecta, desde cuándo es obligatorio y qué cambia al emitir facturas.

Por el equipo de CarminActualizado el 5 min de lectura

Ilustración de un escudo y documentos verificados con el texto VERI*FACTU

En resumen

  • VERI*FACTU es una de las dos modalidades del Reglamento de sistemas informáticos de facturación: el programa remite automáticamente a la AEAT los registros generados al emitir facturas.
  • La otra modalidad no envía nada, pero exige al programa firmar y custodiar los registros con requisitos más estrictos.
  • Fechas vigentes: 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos incluidos.
  • No afecta a quien ya lleva sus libros en el SII, y en el País Vasco y Navarra rigen sus propios sistemas.

Qué es VERI*FACTU

La Ley 11/2021 de medidas contra el fraude fiscal obligó a que los programas de facturación garanticen que los registros de facturas son íntegros, trazables e inalterables. El desarrollo llegó con el Real Decreto 1007/2023, el Reglamento de sistemas informáticos de facturación, y con la Orden HAC/1177/2024, que fija las especificaciones técnicas.

Dentro de ese Reglamento, VERI*FACTU es la modalidad en la que el programa remite automáticamente a la Agencia Tributaria los registros de facturación. Es una forma de funcionamiento del software; la AEAT ofrece además su propia aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU.

Las dos modalidades del Reglamento

Si facturas con un programa, este debe funcionar de una de estas dos maneras:

Diferencias entre la modalidad VERI*FACTU y la modalidad sin remisión
VERI*FACTUSin remisión
Envío a la AEATCada registro, al emitirNo se envía; se entrega si Hacienda lo pide
Registros encadenados con huellaSíSí
Firma electrónica de cada registroNo es necesariaObligatoria
Registro de eventos del sistemaNo es necesarioObligatorio
Código QR en la facturaSíSí
Leyenda en la factura«VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT»No

Con VERI*FACTU, el cliente puede consultar el QR para comprobar si la AEAT tiene un registro con esos datos. La modalidad simplifica ciertos requisitos técnicos de conservación de registros frente a la opción sin remisión, pero no elimina la obligación de conservar las facturas y sus justificantes.

Qué pasa cuando emites una factura

  1. 1

    Se genera el registro

    Con los datos fiscales de la factura: NIF del emisor, número y serie, fecha, tipo de factura, cuotas e importe total.

  2. 2

    Se calcula la huella

    Un resumen criptográfico (SHA-256) que incluye la huella del registro anterior. Si alguien alterase una factura, la cadena dejaría de cuadrar.

  3. 3

    Se remite a la AEAT

    El programa envía el registro y Hacienda responde: aceptado, aceptado con errores o rechazado.

  4. 4

    La factura lleva su QR

    El PDF incluye el código QR y la leyenda VERI*FACTU para que el cliente pueda cotejarla en la sede de la AEAT.

Si una factura no debía existir, puede corresponder un registro de anulación. Los errores de la factura se corrigen, cuando procede, con una factura rectificativa, que genera su propio registro. Si el problema está solo en el registro remitido, puede requerir una subsanación en lugar de una nueva factura.

Desde cuándo es obligatorio

El calendario se ha aplazado dos veces. Tras el Real Decreto-ley 15/2025, las fechas vigentes son:

Calendario del Reglamento de sistemas de facturación
QuiénDesde
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027
Resto de empresarios y profesionales, incluidos autónomos1 de julio de 2027

Quedan fuera quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII). En el País Vasco (TicketBAI) y en Navarra se aplican sus propios sistemas forales.

Cómo funciona VERI*FACTU en Carmin

En Carmin, activar la remisión VERI*FACTU no es un requisito técnico para pulsar Emitir factura. Si falla un envío, la factura permanece emitida y la incidencia debe revisarse y resolverse. Esta posibilidad de seguir emitiendo no exime de cumplir el Reglamento cuando llegue el plazo aplicable.

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    Actívala

    Desde Configuración › Integraciones, aceptando las condiciones del servicio.

  2. 2

    Autoriza a Carmin

    Con un apoderamiento en la sede de la AEAT o con un documento de representación. Carmin remite con su propio certificado de representante: no necesita el tuyo.

  3. 3

    Factura como siempre

    Al emitir, Carmin genera el registro y la huella y lo remite. En la factura ves si está enviada, aceptada por la AEAT o si requiere revisión, y puedes reintentar un envío fallido.

Estado de una factura en Carmin ERP: creada, emitida, enviada y aceptada por la AEAT, con sus fechas
Trazabilidad de una factura en Carmin: cada paso de la remisión, con su fecha.

Fuentes y normativa

Esta guía es informativa y está actualizada a la fecha indicada. No sustituye el asesoramiento de tu gestoría: para tu caso concreto, consulta la información vigente de la Agencia Tributaria y a un profesional.

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre este tema.

¿VERI*FACTU es obligatorio para autónomos?

Lo obligatorio es que el programa con el que facturas cumpla el Reglamento de sistemas de facturación, desde el 1 de julio de 2027 para autónomos. VERI*FACTU es una de las dos formas de cumplirlo; la otra no envía los registros, pero exige firmarlos y custodiarlos.

¿Tengo que darle mi certificado digital a Carmin?

No. La autorización se hace con un apoderamiento en la sede de la AEAT o con un documento de representación, y Carmin remite los registros con su propio certificado de representante.

¿Qué pasa si la Agencia Tributaria rechaza un registro?

La factura permanece emitida, pero el rechazo requiere atención. Un fallo técnico puede reintentarse; si afecta a datos, hay que distinguir entre subsanar el registro y rectificar la factura cuando esta sea incorrecta.

¿Puedo facturar en Carmin sin activar VERI*FACTU?

Sí, hoy puedes emitir sin activar la remisión desde Configuración › Integraciones. Cuando te alcance la obligación del Reglamento, tu sistema tendrá que cumplir sus requisitos por la modalidad VERI*FACTU o por la modalidad sin remisión; emitir sin remitir no demuestra por sí solo ese cumplimiento.

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